Desde este lunes 15 de junio inicia el plazo para solicitar el
ingreso mínimo vital,
propuesta del Gobierno de Sánchez para “reducir el nivel de pobreza y exclusión".
Para la referida solicitud se debe ingresar a la sede electrónica de la Seguridad Social, mientras se den las condiciones para hacerlo en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
Las solicitudes durante los tres primeros meses se reconocerán con
efecto retroactivo desde el 1 de junio.
Luego, el derecho a la prestación del ingreso mínimo vital nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud.
Los solicitantes que resulten beneficiarios de la nueva ayuda recibirán un SMS del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Igualmente, los ciudadanos
se podrán informar a través de la página web de la Seguridad Social.
También mediante el nuevo
asesor virtual, ISSA, una herramienta de simulación para comprobar si se cumplen los requisitos para acceder a esta prestación.
Otra opción es una línea de teléfono que se habilitó para realizar consultas concretas (900 20 22 22), que la próxima semana comenzará a funcionar también en horario de tarde.
El INSS reconocerá de oficio la prestación a casi 75.000 familias que ya reciben la asignación de menor a cargo y que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley.
Estos beneficiarios
percibirán el primer pago del Ingreso Mínimo Vital el próximo 26 de junio, casi un mes antes de lo que correspondía.
El ingreso mínimo vital establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar y completará las rentas preexistentes (entre otras, las salariales), hasta ese umbral garantizado para cada tipología que, en el caso de los hogares unipersonales, es de 5.538 euros al año, el equivalente a una pensión no contributiva, que se distribuirá en doce pagas.
Es importante destacar que a todos los solicitantes se les requerirá
al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
Desde hoy que inicia el plazo para solicitar el ingreso mínimo vital se necesitará el DNI o NIE; la inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE o tarjeta de identidad de extranjeros; certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio y la fecha de antigüedad; y el libro de familia, certificado de nacimiento del registro civil de los hijos, o inscripción en el registro de parejas de hecho.
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