La cadena televisiva deberá pagar 10.000 euros de multa por "intromisión ilegítima" en el derecho al honor, a la intimidad y la propia imagen de la vecina afectada.
La Audiencia de Salamanca ha condenado a Televisión Española esa suma por emitir un reportaje en el programa "La Mañana" en el que una mujer denunciaba los ruidos procedentes de las relaciones sexuales de una vecina, en el que además insinuó que se dedicaba a la prostitución.
En la sentencia, hecha pública este lunes por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, se considera que la información que se daba a conocer en el reportaje supone una "intromisión ilegítima", aunque no se la mencionó de manera expresa.
Fachada de la Audiencia Provincial de Salamanca. La Gaceta de Salamanca
En la sentencia se asegura que en el reportaje, de una duración de 10 minutos, "se afirmaba que una chica de Salamanca fue multada por superar los decibelios permitidos, manifestando la periodista que lo curioso del caso es que el ruido provenía de la cama de la vecina de arriba, actividad nocturna de la referida chica que provocaba que cayeran cosas de la estantería de la denunciante".
En el vídeo del reportaje, "la demandada da detalles de expresiones que escucha, hasta el punto de que ante el tono de las preguntas y respuestas se recuerda a la periodista que están en horario infantil" y se llega a preguntar en el reportaje "por la eventualidad de la posible práctica de la prostitución en el referido domicilio de la vecina".
La mujer, también condenada, denunciaba que su casa tenía grietas “de los meneos” que pegaban los de arriba.
Para la Audiencia salmantina, "los ruidos que una persona haga en su casa" pueden molestar a otros vecinos, pero "esos comportamientos pertenecen a la vida privada de las personas, de modo que en principio, carecen de la necesaria relevancia pública como para llevar a cabo su publicación en un medio de comunicación".
La Audiencia condena además a las demandadas a pagar las costas del proceso en primera instancia, a leer el fallo de la sentencia en el programa en el que se emitió el reportaje, en uno análogo o en el informativo de máxima audiencia y a costear la publicación de la resolución judicial en un periódico local.
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